El género literario utilizado en películas conocidas como distópicas suele tratar sobre un mundo donde el Gobierno y/o el poder controla y conculca los derechos y las libertades individuales, observando todas y cada una de las acciones que los individuos realizan, pretendiendo decidir por estos últimos, como si se tratase de “un gran hermano” que los “cuidara” de sus propias decisiones, gustos y preferencias. Por lo general, estas películas no suelen reflejar en dicha ficción a un gobierno benevolente que pretende maximizar el bienestar y la felicidad de la sociedad -por lo que no parece presentarse a un estado paternalista, mucho menos un estado paternalista liberal que actuaría vía reglas de default-, por el contrario recrean sociedades grises, oscuras y tristes producto de la imposición Ad Hoc de criterios por parte de burócratas sobre lo que deberían hacer los ciudadanos. En Venezuela las acciones públicas, administrativas y regulatorias lejos de coadyuvar a la proliferación de las actividades económicas e intercambios voluntarios entre particulares que generarían bienestar, felicidad y riqueza; dichas acciones parecen partir de posiciones populistas y prejuicios que ponen en riesgo la calidad de vida de los ciudadanos, haciendo pensar a algunos que pareciera que su verdadera intención es hacernos una sociedad sometida, más allá de una eventual miopía regulatoria.

El Fiscal General del régimen habría girado la instrucción de investigar a la empresa distribuidora y prestadora de los servicios de proyección de películas Cinex, una vez esta última habría iniciado la promoción de un nuevo servicio de autocine en Caracas. Específicamente, según habría escrito en las redes sociales el fiscal general: el “Ministerio Público abre expediente en atención a las presuntas irregularidades en cobros excesivos de Cinex para la prestación de servicios de autocine”.

Esta situación sirve para destacar varios temas relevantes y alarmantes sobre Venezuela: por un lado cuál es y debe ser la responsabilidad del Estado ante los ciudadanos, por el otro lado, la debilidad de las instituciones en Venezuela, entre otras formas, manifiesta por acciones en ocasiones vacías de contenido y justificación, que poseen potenciales riesgos disuasivos en contra de la innovación y la eficiencia dinámica. Asimismo, cuando menos en nuestro criterio, se hace latente la necesidad de espacios de análisis económico de las acciones públicas que permitan hacer contrapeso, servir de advertencia a la sociedad sobre acciones públicas lesivas, asomar alternativas de políticas públicas, etc.

El fiscal general hace mención a “cobros excesivos” refiriéndose a la eventual oferta anunciada por Cinex en el servicio de autocine.

Lo primero que viene a la mente es preguntarse qué pretende proteger el fiscal general cuando asoma “cobros excesivos” y cuál es la definición que hace de dicho término como para que represente un eventual ilícito o levante sospecha sobre una eventual lesión contra el interés económico general.

Adicionalmente, el servicio de autocine podría venir a representar una innovación en favor de la audiencia o los ciudadanos. Lo anterior partiría del hecho que previo y durante lo que va de pandemia no existía o no se encontraba operativa dicha modalidad de proyección de contenido o películas. La empresa ha desarrollado una serie de inversiones, innovaciones y espacios que representarían “nuevas” formas o medios para proyectar contenido y/o películas, y prestar así sus servicios. Siendo así, ¿hasta qué punto un regulador puede cuestionar el precio en la prestación de un servicio que resulta innovador? Cuestionar el modelo de negocio y el precio que cobra el prestador de dicho servicio innovativos puede poner en riesgo dicha innovación. El objetivo y la naturaleza de dicho servicio es convocar audiencia que genere ingresos a la empresa.

Como lo describiéramos en artículos anteriores, el aforo limitado implica que existe una oferta limitada y rígida en el corto plazo que no aumentaría por más que el precio del boleto aumente más allá de aquel precio que permite explotar perfectamente las economías de densidad o llenar el establecimiento. Por el contrario, un precio demasiado alto puede poner en riesgo no sólo la ocupación de espacios para los vehículos sino que pone en riesgo los ingresos provenientes por la venta por consumición que suelen ser ingresos importantes en la naturaleza y en el modelo de negocios de este sector de servicios de entretenimiento.

Ante lo descrito puede identificarse al menos un par de fuerzas que limitan el incremento de los precios por parte del prestador del servicio, por un lado la necesidad de explotar economías de densidad y llenar la sala -en este caso el espacio habilitado para estacionar los vehículos- y por el otro lado el interés en subsidiar el precio de la entrada para generar mayores ingresos producto de la consumición. Sin menoscabo de lo descrito, como lo asomara el premio Nobel de Economía Gary Becker, prestadores de servicios de sectores como teatros, cines y restaurantes podrían mostrar curvas de demanda con segmentos con pendiente positiva, lo que implica que por más que aumenten los precios no se estaría generando pérdida de peso muerto (esto podría ocurrir en sectores caracterizados por efectos de red, por ejemplo del tipo “Water-Cooler effect).

En otro orden de ideas, debería valorarse si existen barreras a la entrada por parte de otros prestadores de servicios de proyección de películas para prestar servicios de autocine, como para asomar que resulta plausible un abuso por parte de la empresa Cinex.

Adicionalmente, la demanda de contenido y entretenimiento no encuentra exclusivamente en los autocines una vía de oferta (la demanda podría caracterizarse como una multi-homing). De hecho, en la actualidad contenido catalogado como premium y premier está siendo ofrecido por medio de distintas vías, entre otras, televisión por suscrición tanto vía cable como satelital, así como servicios OTT como Netflix, entre otros.

En este sentido, una carecterización y un alegato de precio excesivo o abusivo, donde no queda claro dónde se está generando la lesión al interés ecnómico general o creándose pérdida de peso muerto, sino por el contrario amenazándose y dificultándose la incorporación de un nuevo servicio y una innovación al mercado en beneficio de los ciudadanos, no parece tener asidero.

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Fuente: www.cedice.org.ve